Relaciones laborales
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La Oficina de Equidad, Diversidad e Inclusión de la Ciudad de Memphis trabaja con siete (7) asociaciones laborales: Las asociaciones laborales utilizan memorandos de entendimiento (MOU) para regir las relaciones laborales entre los empleados representados por sindicatos y la Ciudad. La Oficina de EDI colabora con las asociaciones laborales y todas las divisiones municipales en las negociaciones laborales anuales de estos MOU. Otras funciones de EDI en el ámbito de las relaciones laborales son: (1) responder y remitir todas las notificaciones de la asociación sobre deducciones y retiradas de cuotas; (2) interpretar la política de la ciudad y los MOU para ofrecer recomendaciones sobre cuestiones relacionadas con los empleados representados y no representados; (3) procesar las solicitudes de arbitraje registrándolas y compartiéndolas con el Departamento Jurídico; y (4) llevar a cabo elecciones secretas para las clasificaciones laborales aplicables añadidas a las asociaciones laborales.
Período de prueba por cada asociación/OMU
AFSCME
- Principal - Artículo 16 Antigüedad Sección 1: Todos los nuevos empleados serán considerados en período de prueba durante 180 días a partir de su última fecha de contratación.
- Código - Artículo 9 Período de prueba Sección 2: Cada nuevo empleado contratado para ocupar un puesto regular a tiempo completo en la Ciudad, cumplirá un período de prueba inicial de ciento ochenta (180) días naturales a partir de su última fecha de contratación.
- Empleado de apoyo de oficina - Artículo 25 Antigüedad Sección 1: Todos los nuevos empleados serán considerados en período de prueba durante ciento ochenta (180) días naturales a partir de su última fecha de contratación.
- PPEPL - Artículo 16 Antigüedad Sección 1: Todos los nuevos empleados serán considerados en período de prueba durante ciento ochenta (180) días naturales a partir de su última fecha de contratación.
- Centro de servicios de encuestas - Artículo 16 Antigüedad Sección 1: Todos los nuevos empleados serán considerados en período de prueba durante ciento ochenta (180) días naturales a partir de su última fecha de contratación.
Artesanía/IBEW
Todos los convenios - Artículo 17 Antigüedad Sección 1(B): Todos los nuevos empleados serán considerados en período de prueba durante seis (6) meses a partir de su última fecha de contratación.
CWA
- Artículo 1 Reconocimiento y unidad de negociación: Los empleados en período de prueba quedan excluidos de la unidad de negociación mientras dure su período de prueba de doce (12) meses.
Este período de prueba podrá prorrogarse mes a mes, sin que exceda de seis (6) meses, cuando así lo recomiende el Jefe de Policía y lo apruebe el Director de Recursos Humanos y cuando las razones de dicha prórroga se comuniquen previamente al Presidente del Sindicato.
IAFF
- Artículo 17 Antigüedad Sección 2. Antigüedad
- Todos los nuevos empleados serán considerados empleados a prueba durante doce (12) meses a partir de su última fecha de contratación
- (Excepción: El período de prueba de los Especialistas en Incendios será de seis (6) meses a partir de su última fecha de contratación).
- Artículo 17 Antigüedad Sección 3: Un empleado verá rota su antigüedad cuando renuncie, sea despedido por causa justificada, o acepta un empleo remunerado mientras se encuentra en excedencia aprobada de la División de Incendios o es despedido por un período superior a veinticuatro (24) meses.
IAMAW
- Artículo 16 Antigüedad - Sección 1
- (A) Nuevos empleados de Servicios Generales, Servicios de Bomberos y Obras Públicas: Todos los nuevos empleados IUOE serán colocados en las listas de antigüedad a partir del primer día de empleo al completar noventa (90) días de empleo.
-
- (B) Servicios de Policía Nuevos Empleados: Todos los nuevos empleados serán considerados en período de prueba durante seis (6) meses a partir de la última fecha en que fueron contratados en la Unidad de Aviación del Departamento de Policía de Memphis.
IUOE
- Albergue de Animales: Artículo 16 Antigüedad Sección 1 - Todos los nuevos empleados serán considerados en período de prueba durante seis (6) meses a partir de su última fecha de contratación. Durante dicho período de prueba, los empleados podrán ser despedidos sin que ello constituya un incumplimiento del presente Memorando.
- Inspectores de Construcción: Artículo 16 Antigüedad Sección 1 - seis (6) meses a partir de su última fecha de contratación.
- Equipo Pesado: Artículo 10 Antigüedad Sección 1 - a partir de su última fecha de contratación.
- Planta de Tratamiento: Artículo 16 Antigüedad Sección 1 - a partir de su última fecha de contratación.
AMP
Artículo 5 Período de prueba: Doce (12) meses a partir de la fecha de su primer nombramiento como agente de policía. Los empleados que dejen el servicio de . . . y vuelvan a ser contratados posteriormente cumplirán un período de prueba de doce (12) meses a partir de la fecha en que vuelvan a ser comisionados.
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